viernes, 29 de enero de 2016

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO (TELÉFONOS MÓVILES)

Modificación del Reglamento de Régimen Interno

Artículo 30. TELÉFONOS MÓVILES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS.


Durante la realización de controles, exámenes finales o pruebas de evaluación, los alumnos no podrán tener teléfonos móviles ni ningún aparato electrónico a su alcance. Estos deben estar apagados y, preferiblemente, guardados en las mochilas. No se permitirá al alumno tenerlos en el bolsillo ni en la mesa o lugar donde se esté realizando la prueba. En el caso de que un alumno no cumpla con lo expuesto en este apartado, será sancionado con una falta grave, según se establece en el artículo 36, apartado n):

“El alumno que durante un examen, control o prueba de evaluación tenga un teléfono móvil o dispositivo electrónico a su alcance, se le calificará con una nota de 0 en dicha prueba, se le pondrá un parte de disciplina por falta grave y si además se comprueba que lo ha utilizado para copiar se le expulsará tres días del Centro (Incluido en el RRI en diciembre de 2015)”
En el caso de las actividades extraescolares realizadas fuera del recinto escolar, solo se permitirá su uso durante los desplazamientos al lugar de la actividad, y en los momentos de espera del inicio de la propia actividad, siempre que dicha espera sea al aire libre. En todo caso, se atenderá a las indicaciones de los responsables de la actividad y del local donde se realiza.



En el siguiente enlace también se puede obtener información de la policía de Boadilla de Monte sobre uso de redes sociales

http://agentetutor.blogspot.com.es/2015/03/quieres-que-whatsapp-se-convierta-en-tu.html

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